Un Consorcio de Propietarios, a diferencia de las muchas de las sociedades comerciales que puedan existir: anónima, responsabilidad limitada, etc.; es una sociedad sin fines de lucro que, a diferencia de las anteriores, no fabrica ni vende ningún producto, pero cuenta con equipos e instalaciones, contrata personal, nombra representantes y contrae obligaciones con terceros con el fin de brindar diversos servicios que son consumidos por los propietarios.
El hecho de no cumplir con estas obligaciones, o no brindar correctamente los servicios ofrecidos, puede perjudicar a cada uno de los propietarios.
Por tal motivo, todo el conjunto que hace a un Consorcio tiene como objetivo y único fin lograr la mejor calidad de vida de sus socios, los Propietarios.
El hecho de vivir en una propiedad horizontal hace que deban tenerse ciertos conocimientos previos, como así también la aceptación de determinadas condiciones, ya que aun actividades desarrolladas y practicadas dentro de un sector de propiedad exclusiva pueden interferir en gran manera en el desarrollo de la vida consorcial. Mayores aún son los conocimientos que deben tenerse para manejarse en distintos sectores de propiedad común, sobre todo en los tiempos que corren, donde son cada vez más los servicios ofrecidos por los Consorcios modernos.
De lo mencionado se desprende que el mayor problema de la vida consorcial es el de la Convivencia, al que debemos sumarle los propiamente estructurales y los que puedan surgir de un mal desempeño del personal contratado.
Seria infinita la cantidad de problemas o inconvenientes que podrían surgir para encargarse de alterar la tan preciada calidad de vida buscada por todos los consorcistas, pero nos es tan extensa la cantidad de pautas claras y obligaciones, que bien cumplidas hacen que disminuyan sensiblemente los contratiempos mencionados anteriormente, para ello Saettone S.R.L. le sugiere ver en qué y de qué consiste.